Capitalizar el paro para crear una empresa y montar un negocio con poco dinero
Como asesoría y gestoría de autónomos y pymes nos encontramos habitualmente con personas que quieren emprender, y que quieren saber qué ayudas hay para abrir un negocio y las dos más recomendadas por nuestra parte son la capitalización del paro y la tarifa plana de autónomos, ya que son dos de las opciones más interesantes que existen en España y podrás conseguir arrancar tu actividad con poco dinero e inversión.
La capitalización del paro y el alta de autónomo van de la mano y ahora también pueden aprovecharse del pago único los autónomos societarios, por lo que si quieres emprender en este artículo te explicamos qué es el pago único de la prestación por desempleo, qué necesitas para pedir el pago único del paro y cómo capitalizar el paro en 2021 paso a paso.
Si estás interesado en darte de alta como autónomo, te podemos guiar en todos tus pasos de forma gratuita. Visita nuestra guía sobre cómo darte de alta de autónomo.
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Capitalizar el paro para crear una empresa y montar un negocio con poco dinero
Redactora: Mónica Cortina
¿Qué es la capitalización del paro?
Se trata de una medida que permite a las personas que están percibiendo la prestación por desempleo y quieran iniciar una actividad por cuenta propia como persona autónoma percibir el importe de su prestación por desempleo en un pago único, aunque como veremos más adelante existen varias opciones de capitalizar el paro para emprendedores, esta medida fomenta y facilita así la iniciativa de empleo autónomo y desde hace poco tiempo también se permite la capitalización del paro como autónomo societario. Como es lógico, como máximo podrás capitalizar la cuantía de desempleo que te falte por cobrar.
Si estás pensando en darte de alta como autónomo y aprovechar para capitalizar el desempleo pero aún no te has inscrito en el desempleo y necesitas saber qué hay que hacer para cobrar el paro, los requisitos para solicitar el paro, la documentación para solicitar el desempleo o cuánto tiempo hay para pedir el paro, puedes consultarnos y te ayudaremos.
¿Quién puede solicitar el pago único del desempleo y para qué propósito?
Podrás cobrar el paro integro para ser autónomo siempre que seas una persona beneficiaria de la prestación contributiva por desempleo que quieras:
- Realizar una actividad como autónomo.
- Crear una sociedad nueva o creada como máximo 12 meses antes de dicha aportación: para beneficiarse de esta opción deberás poseer el control efectivo de la sociedad y darte de alta en el RETA o RETM de la Seguridad Social.
- Constituir una cooperativa, sociedad laboral o incorporarse de forma estable a una ya constituida como socio trabajador.
El propósito está muy claro, deberás hacerte autónomo para poder optar a estas ayudas para abrir tu negocio. Así mismo, debes tener en cuenta que quedan excluidos de la capitalización del desempleo los trabajadores autónomos económicamente dependientes (TRADE) que firmen un contrato con una empresa con la que hubieran tenido vínculo laboral inmediatamente anterior a la situación legal de desempleo o que pertenezcan al mismo grupo empresarial de aquella.
Requisitos para la capitalización del paro y pasos a seguir
La base principal sobre la que puedes empezar a plantearte optar por el pago único del desempleo es que debes ser beneficiario de una prestación por desempleo contributiva por haber finalizado una relación laboral de manera total y definitiva y debes tener pendiente de percibir al menos tres mensualidades de prestación en la fecha de solicitud del pago único. A partir de esta base las condiciones para capitalizar el paro son las siguientes:
- No debes haber cobrado el pago único en los cuatro años inmediatamente anteriores.
- Tendrás que iniciar la actividad en como máximo un mes desde la concesión del pago único y siempre debes realizar la solicitud de pago único antes de iniciar la actividad y darte de alta en la Seguridad Social.
- Si se ha impugnado el cese de la relación laboral que da lugar a la prestación por desempleo, de la cual se pide la capitalización, la solicitud del pago único debe ser posterior a la resolución del procedimiento de despido.
- No tendrán derecho a obtener el pago único para constituirse como socios de una sociedad mercantil quienes en los 24 meses anteriores a la solicitud del pago único hayan compatibilizado el trabajo por cuenta propia con la prestación por desempleo.
- Si se prevé en los estatutos de la cooperativa la posibilidad de que los socios deban superar un período de prueba, la persona solicitante solamente percibirá el pago único cuando acredite mediante el acuerdo del consejo rector haber superado dicho período de prueba.
Cómo hacer la capitalización del paro, cuándo y dónde solicitarla
Cómo y donde solicitarla:
Puedes hacer la solicitud y presentarla a través de la Sede Electrónica del SEPE, en la oficina de prestaciones (pidiendo cita previa de pago único en la sede electrónica del SEPE), en cualquier oficina de registro público o por correo administrativo, incluso se puede solicitar a la vez que la prestación contributiva por desempleo al dar de alta en el paro, o en cualquier momento posterior, siempre que no se haya iniciado la actividad. En nuestra opinión, si no quieres que te la solicitemos nosotros de forma gratuita, te aconsejamos que tramites la capitalización del paro online, de forma que será mucho más rápida y segura.
Como hemos apuntado anteriormente, siempre debes solicitar la capitalización del paro al SEPE antes de la fecha de inicio de la actividad, este punto es de gran importancia, ya que de no hacerlo correctamente perderías la oportunidad de solicitarla.
Cuándo se puede pedir el pago único del paro:
Como hemos apuntado anteriormente, siempre debes solicitar la capitalización del paro al SEPE antes de la fecha de inicio de la actividad, este punto es de gran importancia, ya que de no hacerlo correctamente perderías la oportunidad de solicitarla.
Cuánto puedes cobrar:
Calcular el pago único de desempleo depende de cada persona, sus condiciones y la cuantía de prestación por desempleo a la que tenga derecho, por lo que te informarán directamente en el SEPE, te dejamos el enlace a su herramienta por si necesitas saber cuanto vas a cobrar de paro: calcula tu paro.
Formas de cobro de la capitalización de la prestación por desempleo
Muchas personas se preguntan cómo cobrar el paro todo junto, en una única vez y creen que solo existe esta forma de capitalizar el desempleo, pero en realidad la prestación de paro puedes agruparla y solicitarla de tres modos distintos, te enseñamos uno de los mejores trucos para capitalizar paro:
- Pago único: puedes solicitar cobrar el paro de una vez, de este modo podrás cobrar el desempleo en un único pago para realizar la inversión en tu nueva actividad. En esta opción puedes escoger capitalizar el total o solo una parte de tu paro.
- Compensación de cuotas de autónomo: un modo muy cómodo de hacerse autónomo estando en paro y pagar las cuotas de autónomo es compensarlas con tu prestación, de esta forma puedes estar muchos meses «sin enterarte» de que estás pagando la cuota.
- Opción mixta de las dos anteriores: puedes combinar el pago único con la compensación de cuotas de autónomos, de modo que te permita tener el dinero que necesites para la inversión inicial en maquinaria, materiales, etcétera y además tengas una facilidad de pago inicial en la cuota de Seguridad Social.
Documentación necesaria a presentar
Dependiendo del tipo de actividad que quieras emprender se te requerirá aportar un tipo de documentación. En todo caso, la documentación común será la siguiente, te dejamos los links de descarga de los modelos oficiales de la web del SEPE:
- Modelo oficial de solicitud de pago único debidamente cumplimentado y firmado.
- DNI, NIE, TIE y/o pasaporte si necesitas tramitar la capitalización del paro siendo extranjero.
- Memoria explicativa sobre el proyecto de la actividad que pretende desarrollar, con la inversión que va a realizar, salvo que se solicite solamente la subvención de cuotas a la Seguridad Social, en cuyo caso no será necesaria.
Además, en el caso del inicio de actividad autónoma, además de la citada deberás aportar cualquier documentación que justifique que el proyecto que pretendes emprender puede llevarse a cabo y es viable. Si te vas a dar de alta como autónomo por primera vez y tienes dudas consúltanos, es totalmente normal y te ayudaremos en todo lo posible, como te comentábamos toda tramitación de alta como autónomo es gratuita.
Si se pretende la constitución de una entidad mercantil, la incorporación a una sociedad mercantil constituida en los últimos 12 meses, la constitución de una cooperativa o sociedad laboral o la incorporación a una cooperativa o sociedad laboral ya constituida deberás aportar una documentación adicional. Si es tu caso, contacta con nosotros para mas información.
Obligaciones y condiciones de la capitalización del paro
Las obligaciones que conlleva solicitar el pago único son relativamente simples siempre que sigas las instrucciones, por lo que no deberías tener problemas a la hora de cumplir con ellas:
- Iniciar la actividad en el plazo de un mes como máximo desde la percepción del importe de la prestación.
- Presentar ante el SEPE la justificación del inicio de su actividad: en nuestro caso, como asesoría y gestoría de autónomos y pymes, al gestionar el alta de autónomos siempre te enviaremos tu justificante de alta como autónomo en Seguridad Social y Hacienda, de modo que puedas justificarlo ante el SEPE.
- Destinar la cantidad percibida a la inversión necesaria para el desarrollo de la actividad: deberás saber cómo justificar el pago único del paro, por lo que una vez percibida la prestación tendrás que justificar la inversión con las facturas de compra de aquello que señalaste en la memoria explicativa que necesitabas comprar y sus justificantes de pago.
Errores más comunes a evitar
Muchas personas se preguntan «qué necesito para pedir el pago único del paro«, pero pocas se informan de los errores más comunes que suelen ocurrir al realizar este trámite. Te resumimos los errores más comunes que debes evitar.
Los plazos
Como hemos ido haciendo hincapié a lo largo del artículo, es muy importante cumplir los plazos; debiendo presentar la solicitud del pago único SIEMPRE ANTES de iniciar la actividad y, por lo tanto, de darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social.
Una vez aprobada la prestación y recibido el importe de la misma, existe otro plazo que debemos cumplir, de un mes como máximo para iniciar la actividad y tramitar el alta en la Seguridad Social.
Tributación del IRPF
Percibir la prestación por desempleo mediante el pago único esta exenta de tributación por IRPF, pero si cesas la actividad emprendida antes de 5 años se pierde dicha exención. Por ello, en caso de no mantener la actividad ese tiempo, tendrías que declarar la cantidad percibida en el siguiente año impositivo a efectos de ingresar la retención correspondiente.
Destino del pago único
De acuerdo con lo que hemos indicado anteriormente, tendrás la obligación de destinar la cantidad percibida al objetivo de la misma que es la puesta en marcha de una actividad y como te hemos señalado deberás presentar facturas y pago de las mismas por importe que ascienda como mínimo a la cantidad percibida por el SEPE en concepto de prestación por desempleo en pago único, para poder verificar que se esta destinando al objetivo determinado. Según información del SEPE:
“Si no aplica o desvía la prestación por desempleo a otros fines distintos a la actividad objeto de la capitalización, podrá considerarse falta muy grave. Esta se sanciona con la pérdida de la prestación por desempleo y, además, con la exclusión del derecho a percibir cualquier prestación económica, y en su caso, a la ayuda de fomento de empleo durante un año.”
Cese injustificado de la actividad
Nos encontramos con muchas personas que se preguntan «si capitalizo el paro cuanto tiempo tengo que ser autónomo» y es que se suele pensar que se exige un periodo de alta, pero si el motivo del cese de la actividad es por causas ajenas a la voluntad del trabajador autónomo no se tiene que devolver la prestación percibida como pago único; puesto que no se establece un plazo de mantenimiento obligatorio de la actividad.
No obstante, en caso de cese de la actividad no voluntario es aconsejable guardar la documentación acreditativa del mismo a efectos de poder demostrarlo en un momento determinado que se requiera por parte de Inspección de Trabajo.
Incluir el IVA como gasto
El SEPE no considera el IVA como gasto, por lo que en la solicitud de la capitalización del paro y justificación de la inversión no deberás hacer constar el mismo. Por lo tanto, deberás desglosar el importe del IVA, declarando tan solo la base imponible.
Acceso al pago único tras impugnación de despido
Para poder tener acceso a la prestación te debes encontrar en situación legal de desempleo. Esto se produce tras una finalización de una relación laboral por cuenta ajena por motivos no imputables a la voluntad del trabajador. Pero en el caso de que hayas impugnado el despido, deberás esperar a que se resuelva el procedimiento antes de poder solicitar la prestación y hacerte autónomo estando en paro.
Esperamos haberte ayudado en todo lo posible respecto a la capitalización del desempleo, es uno de los mejores incentivos y ayudas del gobierno para poner un negocio en España y desde hace poco tiempo también se permite capitalizar el desempleo para una sociedad limitada, por lo que se amplían las posibilidades y se motiva un poco más el emprendimiento. A su vez, también queríamos advertir de los errores más comunes que pueden propiciar incluso la devolución del pago único o el cobro de la capitalización del paro y tributación errónea, ya que muchas personas una vez cometido el error se preguntan «porque tengo que devolver el pago único» y en muchas ocasiones se debe a una mala información.
Capitalizar el paro de autónomo es un trámite sencillo y que no debe ocasionar mayor problema que seguir todos sus pasos siempre que cumplas con los requisitos, por nuestra parte te ayudaremos en todo lo posible si quieres darte de alta con nosotros y te guiaremos en todo momento de forma gratuita.
Capitalización del paro normativa: Ley 31/2015, de 9 de Septiembre, por la que se modifica y actualiza la normativa en materia de autoempleo y se adoptan medidas de fomento y promoción del trabajo autónomo y de la Economía Social.
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Este artículo es meramente divulgativo y trata, con carácter general, tanto la normativa/s correspondiente como los presupuestos básicos internos en la misma a la fecha de su publicación.
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